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Exclusión de ingresos ganados en el extranjero

¿Cómo funciona la prueba de presencia física de 330 días?

Respuesta breve

La prueba de presencia física generalmente exige al menos 330 días completos en uno o más países extranjeros durante cualquier período de doce meses consecutivos. Un día completo abarca 24 horas continuas de medianoche a medianoche, y los 330 días no tienen que ser consecutivos. Además de cumplir esta prueba, necesita domicilio fiscal extranjero e ingresos laborales extranjeros admisibles para reclamar la exclusión.

A quién aplica: Ciudadanos y residentes fiscales estadounidenses que utilizan su presencia física en el extranjero para calificar para la exclusión de ingresos laborales.

Utilice doce meses consecutivos

El período puede comenzar cualquier día del mes y no necesita coincidir con el año calendario. Puede comparar períodos superpuestos para determinar cuál respalda la exclusión apropiada para un año fiscal. Necesita 330 días extranjeros completos, no simplemente once meses fuera. En un período de 365 días generalmente quedan 35 días que no tienen que ser días extranjeros completos, pero los viajes pueden consumir ese margen. Cuente fechas reales en lugar de usar una estimación por meses.

Revise cuidadosamente los viajes

Un día extranjero completo generalmente transcurre de medianoche a medianoche en un país extranjero. Los días de salida y llegada frecuentemente no cumplen esa condición. El tiempo sobre aguas internacionales o en espacio aéreo internacional generalmente no cuenta como presencia en un país extranjero. Algunas reglas especiales permiten ciertos tránsitos breves entre lugares extranjeros; revise el itinerario en lugar de aceptar o descartar automáticamente todos los días de vuelo. Los territorios estadounidenses no son países extranjeros para esta exclusión. Conserve boletos y registros de rutas y horarios.

La prueba no sustituye los demás requisitos

Debe acreditar por separado un domicilio fiscal extranjero durante el período pertinente. La prueba generalmente depende de la presencia, no del motivo del viaje: las vacaciones en un país extranjero pueden contar. Sin embargo, esos días no convierten ingresos pasivos en laborales ni servicios prestados en Estados Unidos en servicios extranjeros. Ciertas guerras o disturbios civiles pueden permitir una dispensa limitada solo cuando se cumplen las condiciones del IRS y las reglas de países designados. Una emergencia personal ordinaria no genera una dispensa automática.

El período puede abarcar dos años fiscales

Puede cumplir la prueba con un período que comience en un año y termine en el siguiente. La exclusión de cada declaración generalmente se limita a la parte elegible de ese año fiscal y a las reglas de prorrateo. Cumplir la prueba no concede automáticamente la exclusión anual completa. Su máximo se ajusta anualmente por inflación. Si necesita tiempo adicional para completar la prueba, el Formulario 2350 puede permitir una prórroga de presentación cuando corresponda, pero generalmente no extiende el pago.

Ejemplo práctico

Como ejemplo hipotético, Mateo se muda al extranjero en agosto y permanece el tiempo suficiente para reunir 330 días completos en un período de doce meses que termina al año siguiente. Ese período podría respaldar una exclusión prorrateada para el año de mudanza si cumple los demás requisitos.

Errores comunes

  • Contar todo día fuera de las fronteras estadounidenses como día completo en un país extranjero.
  • Reclamar el máximo anual después de calificar solo durante parte del año fiscal.

Obligaciones de presentación

  • Documente el período exacto de doce meses y los días extranjeros completos en el Formulario 2555.
  • Revise las prórrogas antes del vencimiento si todavía no completa el período elegible.

Posibles multas

  • Un conteo incorrecto puede invalidar la exclusión y generar impuesto adicional, intereses y sanciones aplicables.

Formularios del IRS relacionados

Qué considerar a continuación

  • Prepare un calendario diario de vuelos, visitas a Estados Unidos y estancias extranjeras.
  • Confirme el domicilio fiscal y la parte elegible de cada año.
  • Solicite a Chirino USA revisar el período, el prorrateo y cualquier prórroga necesaria.

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Cada situación depende de sus hechos. Si desea que un profesional revise la suya, escríbanos por WhatsApp, envíenos un correo o solicite una consulta, en español o en inglés.

Información general, no asesoría fiscal

Esta página ofrece información educativa general sobre las normas tributarias federales de EE. UU. No constituye asesoría fiscal, legal ni contable personalizada y no crea una relación profesional. El resultado depende de los hechos de cada contribuyente.

Escrito por Roger I. Chirino, fundador de Chirino USA Accountants & Advisors P.A.

Respaldado por CPA licenciados, Agentes Inscritos ante el IRS (EA) y profesionales tributarios de EE. UU. con experiencia en cumplimiento y planificación internacional.